El 31 de agosto de 2001, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó su decisión histórica en el caso de Awas Tingni contra Nicaragua, el hecho de que Nicaragua había violado los derechos de la comunidad tanto para su otorgamiento de concesiones como para iniciar la explotación en tierras Awas Tingni que son tradicionales y su falta de reconocimiento de los derechos de propiedad Awas Tingni en esas tierras.
En su decisión, la Corte Interamericana consideró que el derecho a la propiedad, como se afirma en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, protege a los “tradicionales” de la tenencia de la tierra de los pueblos indígenas.
Este fue el primer caso en que un tribunal internacional jurídicamente vinculante con autoridad encontró que un gobierno ha violado los derechos colectivos sobre la tierra de un grupo indígena.
El fallo sentó un importante precedente para los derechos de los pueblos indígenas en el derecho internacional, señalando a los gobiernos que una nueva era de respeto de los derechos de los indígenas ha iniciado.